El derecho a la vida y la madre tierra de los pueblos originarios.

Francisco Sayalpud Caipe

Existen cinco organizaciones nacionales indígenas en su orden alfabético están Autoridades Indígenas de Colombia AICO, Autoridades Tradicionales, la Confederación Indígena Tayrona CIT, la Organización Nacional Indígena de Colombia ONIC y la Organización de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana OPIAC, dichas organizaciones cuentan con sus propias estructuras, dinámicas y gobiernos, además cuentan con cierto número de organizaciones regionales, capitanías, resguardos y cabildos indígenas, éstas organizaciones cuentan con espacios y mecanismos de interlocución y concertación con el Gobierno Nacional a través del Decreto 1397 de 2006 que crea la Mesa Permanente de Concertación con los pueblos y organizaciones indígenas.

Los pueblos originarios los cobija una normativa internacional a través de un instrumento bastante importante como es el Convenio 169 de 1989 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, ratificado en Colombia mediante Ley 21 de 1991. Este instrumento contiene el reconocimiento de un amplio catálogo de derechos de los pueblos indígenas como la autonomía, el territorio, la consulta previa, salud, educación, comunicación y trabajo. Algunos de los derechos reconocidos por el Convenio Internacional se encuentran el artículo 84 la cual consagra la obligación de los Estados de tomar en cuenta y favorecer la conservación de sus costumbres o su derecho consuetudinario y sus instituciones propias.

Por otra parte el artículo 95 establece la obligación de respetar los métodos a los que los pueblos indígenas recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros. También el artículo 106 obliga a los Estados a que, cuando se impongan penas a los indígenas, sean tomados en cuenta sus aspectos sociales y culturales. Hay que señalar que el convenio 169 de la OIT, en forma similar a la Constitución Política de Colombia, impone al derecho, costumbres, instituciones y procedimientos indígenas.

Según los datos de diferentes estudios, al momento del llamado descubrimiento la población indígena de lo que hoy es Colombia se calcula en diez millones de personas. Según es Escritor e Investigador Arango, “Muchos de los pueblos indígenas, especialmente de la Costa y de los Andes perecieron en su resistencia a los foráneos, otros sucumbieron víctimas de los malos tratos y de las enfermedades y otros adoptaron distintas estrategias de relación con la sociedad dominante con consecuencias a veces desastrosas que se tradujeron en pérdida de sus tierras, bienes, lengua y cultura y en sujeción política de sus sociedades.

En el Documento “Justicia de paz y derecho indígena: análisis y propuestas de coordinación” de Lucia Arbeláez de Tobón afirma que los indígenas viven en diferentes regiones del país, diferentes ecosistemas (selva, montaña, desierto, sabana, pie de monte, llanura, costas). De acuerdo con la clasificación de Coper hecha en 1940, los pueblos indígenas configuran cuatro tipos de agrupaciones: Tribus de cazadores y recolectores de sabana y desierto; pueblos en zonas andinas con agricultura; tribus de las selvas tropicales y pescadores de las riveras de los ríos y mares. La región de la Orinoquia tiene la mayor diversidad, mientras la región occidental tiene la mayor población. Los wayuu son el pueblo indígena más numeroso. Los departamentos que tienen mayor población indígena son en su orden: Cauca, Guajira y Nariño.

Dentro de los pueblos originarios hay diversas clases de autoridades de acuerdo con las cosmovisiones de cada pueblo, usos y costumbres de las comunidades, hay autoridades o guías espirituales como Mamo en el caso de las comunidades de la Sierra Nevada de Santa Marta, Werjayá (pueblo Uwa), Nele (puebio Tule), Tewala (pueblo Nasa), Tatas (Pueblo Misak), entre otros numerosos pueblos. Además tienen sus propias estructuras, funciones y jurisdicciones. Adicionalmente en la zona de Orinoquía y Amazonía están los caciques, curacas y capitanes, mientras que en la región andina predomina la figura de los Cabildos. Los Cabildos fueron reglamentados por la Ley 89 de 1890. El Consejo de Estado conceptúo que los “Cabildos son también entidades públicas de carácter especial…” (Consejo de Estado -conceptos del 16 de noviembre de 1983 y 15 de febrero de 1988).

*La concepción del territorio para los pueblos originarios. *

El territorio para los pueblos originarios de Colombia es tan diverso como los son los mismos pueblos. Así por ejemplo el territorio Arhuaco de la Sierra Nevada de Santa Marta está delimitado por la línea negra, que lo separa del territorio de los hermanos menores. Para los Wayuu el factor determinante de la territorialidad son los cementerios. Es notorio que las diferencias, las características comunes de la concepción de Territorio indígena son: la propiedad colectiva, el usufructo y la pertenencia indiscutible del territorio habitado por cada pueblo, particularidad de los pueblos Pastos y Guambianos que le atribuyen como el “derecho mayor”. Una característica significativa es la estrecha relación permanente del indígena con su territorio, por lo cual muchos de ellos la denominan “madre tierra”, relación que está incluso reflejada con la naturaleza y el cosmos desde el nivel espiritual.
La territorialidad indígena de acuerdo a algunos documentos ha pasado por una larga historia de expropiación, disminución y de un mínimo reconocimiento, y estas corrientes se han manifestado en las normas: unas que propendían por la disolución de los resguardos otras por su protección y otras más por el reconocimiento de derechos disminuidos como en el caso de las reservas indígenas, que poco a poco se han ido trasformando en resguardos. Aunque el resguardo no es la única forma de territorialidad indígena, por su importancia vale la pena hacer una referencia a esta figura. Los resguardos datan de mediados del siglo XVI y se pensaron con el fin de proteger la base productiva y del pago de impuestos. El resguardo en Colombia se instituyó en 1532.

Recuperar la tierra para recuperarlo todo.

Con esta consigna los pueblos originarios del Cauca y Nariño emprenden desde 1960 a organizarse y luchar por la recuperación de la tierra que en esos momentos estaba en manos de los grandes terratenientes mediante fincas y haciendas dentro de los territorios indígenas las cuales cuentan con sus respectivos títulos coloniales y republicanos vigentes. Sin embargo esas luchas no fueron nada fácil porque el mismo Gobierno empezó a tildar de “invasores” y a mandar la fuerza pública a sacar de manera violenta a los nativos en las fincas que se de acuerdo a ellos con justa razón les pertenecía y exigiendo en ese entonces al Incora que negocie dichas tierras con los terratenientes y luego sean devueltas a los nativos.

El Mayor Javier Calambas Yalanda del Pueblo Misak Fundador del Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC en una entrevista concedida hace algunos días en el Resguardo de Guambía – Silvia Cauca cuenta que el proceso de lucha inicia cuando fundaron el Sindicato Gremial Agrario “Las Delicias” en el año de 1961 donde empezaron a hablar de la tierra, pero les habían dicho que el sindicalismo no era para luchar por la tierra sino más bien por el mejoramiento de salarios para los trabajadores de una empresa o finca, motivo que en el año de 1963 constituyeron una cooperativa y en 1964 consiguen un crédito a través de la Caja Agraria para comprar la Finca San Fernando del cual se beneficiaron 40 familias en Guambia Cauca.

En 1969 empezaron a hablar del movimiento campesino cuando el presidente Carlos Lleras Restrepo comenzó a hablar de la reforma agraria se promovió a organizar la asociación de municipios entre ellos de Jámbalo, Silvia, Caldono y Totoró, más tarde organizaron comités veredales y realizaron recorridos concientizando el que hacer para que los cobije la reforma agraria, sin embargo en Caldono indicaron que eran indígenas con Cabildos y no iban a integrarse al movimiento campesino por tal razón en el año 1970 buscan la manera de organizar el Concejo Regional Indígena del Cauca donde dicho acuerdo fue en la Finca San Fernando reunidos con indígenas del Resguardo de Tacueyó, Jámbalo, Corinto la cual acordaron no seguir hablando de usuarios campesinos sino más bien hablar de una nueva organización mediante un movimiento indígena a nivel del Cauca, es así que el 24 de Febrero de 1971 se hace el primero congreso donde aprueban los siete puntos del Cric tras reunirse 10 cabildos en Toribio y desde allí le dan paso a la recuperación de las tierras que estaban en manos de los terratenientes, señala Javier Calambas.

Muchos indígenas cayeron en varios años de lucha, otros quedaron con algunas secuelas e incluso fueron a parar a las cárceles, en esos tiempos vivían en las partes altas ya que en la sábanas y partes planas donde estaban las fincas y haciendas estaban en manos de los terratenientes y los mismos nativos eran trabajadores y mandaderos de los finqueros. Las parcelas eran cerca a los páramos donde laboraban los cultivos tradicionales libres de químicos y cuidaban el ganado para la mantención de sus familias. Había humillación de los terratenientes que incluso no les permitían el paso de los nativos por sus fincas cuando pretendían salir a las cabeceras municipales o centros poblados, les soltaban los perros o con moto sierras tumbaban los puentes de madera que cruzaban quebradas, ríos y sanjas.

Cuando los pueblos originarios Misak y Nasas en el Departamento del Cauca habían iniciado la recuperación del territorio, haciendo las tomas de las primeras fincas e inicia la represión en contra de ellos por los terratenientes y el mismo gobierno nacional a través de la fuerza pública, en Nariño iniciaban la toma de fincas en los Resguardos de Cumbal, Muellamues y Panan del pueblo Pastos aun cuando el enemigo era duro porque amenazaba de muerte a los nativos e iban por las casas atacando brutalmente, ellos tenían que esconderse, unos irse a los montes y páramos y reunirse para planear nuevas estrategias de lucha y resistencia por la recuperación de la “madre tierra”.

La Madre Tierra o la “Pacha mama” es la madre para los indígenas, es la generadora de vida, protectora y sagrada el cual cualquier atropello le ocasiona heridas y secuelas de por vida sobre todo cuando entran multinacionales a sus territorios a explotar bosques, minerales, petróleo o el mismo conflicto armado por los bombardeos, minas anti personas, granadas, es la madre tierra la principal víctima porque sufre las consecuencias y por ende se genera un desequilibrio territorial, espiritual y ambiental con ella misma, con el hombre y el cosmos. Señalan mayores y sabedores de varios pueblos originarios de Colombia que los indígenas junto a la madre tierra viven en constante armonía e interrelación, en las montañas, páramos o en la selva habitan igualmente seres naturales y espirituales que son los guardianes de los bosques y de los mismos indígenas cuando éstos encomiendan sus parcelas, frutales y la presencia del enemigo.

La vida es sagrada para los pueblos originarios

La Artículo 1 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas establece que los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos4 y las normas internacionales de derechos humanos.
El artículo séptimo de la declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en el numeral 1 establece que las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona. En el numeral 2 señala que los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.

Es evidente que la vida es un derecho universal y para las comunidades y pueblos indígenas es sagrada y merece respeto, igual que la de los animales que viven en la naturaleza, sin embargo son éstos pueblos quienes han sufrido las peores consecuencias del conflicto armado interno y la misma disputa territorial entre éstos grupos alzados en armas que terminan con el reclutamiento forzado de menores de edad, desplazamientos, secuestros y asesinatos, en una sociedad donde predomina toda clase de violencia hoy en día no se respeta ni el mismo derecho a vivir. Para los pueblos originarios vienen avanzando con el proceso del buen vivir y vivir bien a manera colectiva e individual respectivamente como una alternativa de desarrollo, sostenibilidad, resistencia y pervivencia en el tiempo y en el espacio a pesar de las diferentes adversidades del cual han tenido que soportar.

Hemos sido testigos y participado en varios pueblos originarios de Colombia como Pastos, Quillasingas, Awá en Nariño, Misak y Nasas del Cauca, Emberas de Antioquia y Quindío, Wayuu de la Guajira, Arawakos de la Sierra Nevada de Santa Marta, Cofanes del Putumayo, Huitotos del Amazonas, entre otros donde en los rituales y armonizaciones siempre se hace un agradecimiento a la madre tierra como generadora de vida y guardadora de la sabiduría milenaria. En constante y justa la causa de los pueblos originarios que es el termino más apropiado y acorde a la historia y realidad territorial ya que le concepto indígena fue impuesto al igual que otras denominaciones, pero que la pervivencia en el tiempo y en el espacio no tiene fin, aun continúan en proceso de organización, resistencia y en pie de lucha en defensa de su Derecho Mayor que es la vida y la madre tierra.
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Por: Francisco Sayalpud Caipe – ACOIC

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