sin perjuicio de las funciones del Estado, y hacerle seguimiento al cumplimiento de los acuerdos a que allí se lleguen”
2. Las Organizaciones que son miembros plenos de la MPC según el decreto citado son: la Organización Nacional Indígena de Colombia- ONIC, la Confederación Indígena Tayrona- CIT y la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana- OPIAC
3. Así mismo y posterior a la expedición del decreto, debido a su trayectoria e incidencia en el movimiento nacional indígena, se reconoció como invitados permanentes de la MPC a las organizaciones: Autoridades Indígenas de Colombia AICO por la Pacha Mama y Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia Gobierno Mayor.
4. En el caso de Autoridades Indígenas de Colombia AICO por la Pacha Mama, se reconoce su participación en la MPC a través de la organización que se encuentra debidamente registrada en Cámara y Comercio de Pasto con el NIT número 900.519.729-4, cuyo representante legal es el señor Polivio Leandro Rosales identificado con C.C 87.217.131 de Ipiales.
Por lo anterior, se firma a los veinte dos (22) días del mes de abril de 2019.
Fotografías: Francisco Sayalpud Caipe